El mismo contó con la participación del Sr. Gobernador de la Provincia de Corrientes, Ing Arturo Alejandro Colombi; Ministro de Haciendas y Finanzas Cr. Sergio Federico Tressens, Sra. Ministra de Educación y Cultura Lic. Virginia Almará de Colombi; Ministro de Salud Dr. Adolfo Schneider; Secretaria de Planeamiento Dra María Gabriela Basualdo; Representante de la APICC Lic. Alberto Mazzoni, Secretario Técnico de Ministerio de Desarrollo Territorial de la provincia de Neuquén Lic. Sebastián Caldart; Legisladores provinciales, representantes de cámaras empresariales, Sres. Intendentes y representantes de las organizaciones de sociedad civil.
La Dra. María Gabriela Basualdo expuso sobre el Sistema Provincial de Planificación en la Provincia de Corrientes, para luego dar lugar al Lic. Alberto Mazzoni, representante de la APICC (Asociación de la Producción de Industria y Comercio de Corrientes) y miembro integrante de la Comisión del Pacto Correntino para el Crecimiento.
Por otra parte, el Lic. Sebastián Caldart compartió la experiencia del Consejo de Planificación y Acción para el Desarrollo de Neuquén (COPADE) y finalmente el Sr. Gobernador de la Provincia de Corrientes, Ing. Arturo Alejandro Colombi hizo el cierre de la presentación.
SISTEMA PROVINCIAL DE PLANIFICACION (S.P.P.)
“Es un conjunto de reglas que permiten un modo de circulación de la información eficiente para el diseño de las políticas públicas”
Constituye un Sistema de decisiones que permiten optimizar esfuerzos y coordinar acciones para hacer viable el desarrollo económico y social de la provincia.
Es una herramienta que permite organizar los espacios de relacionamiento público - privado.
Regulado por Ley provincial Nº 5880
Promulgado por Decreto Nº 885 01/06/2009
Publicado en Boletín Oficial 05/06/2009
Reglamentado por Decreto Nº 1837 20/10/2009
Funciones del SPP
• Confeccionar planes y proyectos vinculados con el crecimiento económico y el desarrollo social.
• Elaborar planes de intervención pública, tomando en consideración el diagnóstico circunstanciado de situación, la propuesta de decisiones alternativas sobre la base de estados futuros previsibles y el confronte con un sistema de indicadores que permita el seguimiento de la situación.
• Coordinar la evaluación y seguimiento de los resultados de la implementación de los planes.
• Promover la incorporación de nuevas instituciones.
• Preparar proyectos de ley y canalizarlos por medio de los mecanismos constitucionales.
• Favorecer mediante la sugerencia de acciones concretas, las mejores relaciones con organismos e instituciones comunales, regionales, provinciales, nacionales e internacionales.
• Establecer un circuito de formulación y preparación de documentos de avance y finales de cada etapa.
• Dictar su propio reglamento interno.
• Alentar la cooperación público-privada.
• Difundir sus actividades.
Objetivos
• Intento normativo para instalar una cultura planificadora entre y en las organizaciones públicas.
• Ser una estructura que reconoce los esfuerzos y las lógicas diversas de planificación ya existente.
• Ser una herramienta que permite organizar los espacios de relacionamiento público - privado.
• Es un modo de organizar las acción publica en base a la información fidedigna y favoreciendo la coordinación ínter jurisdiccional.
• La planificación como actitud del Estado debe significar la construcción de un proceso institucional.
CONSTITUCION DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES- REFORMA 2007
La Constitución de la Provincia de Corrientes sancionada el 8 de Junio de 2007 ha creado en sus Disposiciones Transitorias el SISTEMA PROVINCIAL DE PLANIFICACIÓN, instrumento nacido del trabajo realizado en el marco del Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y Desarrollo Social.
Disposiciones Transitorias
Primera: Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Social.
Bases para la formulación de políticas de Estado
1) El «Pacto Correntino para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Social» es la formulación institucional de las coincidencias alcanzadas para la elaboración de políticas de Estado, con el propósito de sostenerlas en el tiempo como denominador común para obtener el crecimiento económico, erradicar la pobreza y lograr la inclusión social, en consonancia con los objetivos de desarrollo del milenio, establecidos por la Organización de las Naciones Unidas y adaptados a la realidad provincial.
…
5) El Estado provincial ejecuta la planificación a través del Sistema Provincial de Planificación, que cuenta con un órgano ejecutivo y un órgano asesor colegiado.
6) Es función del órgano ejecutivo formular programas y proyectos para la implementación, monitoreo y evaluación de planes y acciones complejas a través de una matriz de planificación, y sobre la base de vínculos interinstitucionales entre los actores claves: el Estado provincial, los municipios, los sectores productivo, académico y científico, y las organizaciones civiles afines al objetivo.
7) El órgano consultivo es colegiado, con la integración de los actores mencionados en el artículo anterior en colaboración con el Gobierno Provincial. Su función es de consulta y asesoramiento, con competencia para sugerir líneas de acción sectoriales y globales.
8) La instancia de participación ciudadana en todo el territorio provincial se da por medio del Consejo de Crecimiento Económico y Desarrollo Social, que se constituye como organismo asesor del Sistema Provincial de Planificación. Su composición debe contemplar la integración de todas las regiones territoriales de la provincia, y está conformado por representantes de los municipios, de entidades civiles que nucleen a los sectores de la producción, economía, turismo, comunicación social, cultura, comercio y trabajo, de la comunidad académica en todas sus expresiones, y de los legisladores de ambas cámaras en igualdad de representatividad.
9) El Estado define las políticas públicas vinculadas al crecimiento económico y desarrollo social, que consensuadas en el Consejo de Crecimiento Económico y Desarrollo Social, se constituyen en políticas de Estado que permanecen en el tiempo hasta su eventual modificación por la misma vía. Dentro del plazo de ciento ochenta (180) días deberá dictarse la ley creando el Sistema Provincial de Planificación y los órganos ejecutivos y colegiados, respectivamente.
10) El Estado brinda especial atención al fomento de mejores prácticas de planificación y programación, incluyendo la articulación de éstas con el proceso presupuestario.
Mensaje del Gobernador de la Provincia de Corrientes
Ing. Arturo Alejandro Colombi
… “….El pilar para salir de la crisis; es establecer prioridades y perfeccionar nuestra capacidad planificadora. La crisis obliga a concentrar acciones, a mejorar la coordinación del funcionamiento de la estructura estatal, a dar señales claras.
En ese sentido, abrimos una nueva agenda: la incorporación del sistema provincial de planificación en la Constitución Provincial, la participación provincial en el Plan Estratégico Nacional, el apoyo a los gobiernos locales en sus programas de ordenamiento urbano, el plan sectorial de impulso a la industria del software, y sobre todo la decisión de buscar apoyo técnico y formular un Plan Estratégico Productivo, que incluso fue presentado en esta Casa y en cada etapa de su formulación tuvo circulación pública. La planificación de mediano plazo, se expresa también como un síntoma de la Provincia normalizada que estamos construyendo.
Esos planes hablan por nosotros. Esos planes son nuestro norte y somos de los que pensamos que sin planes, las propuestas políticas son solo anhelos o especulaciones ésteriles.
Gestionar la cosa pública es un ejercicio complejo que no se limita a indicar un rumbo. Hay que armar instrumentos, calificar recursos humanos, comunicar adecuadamente.
No es concebible una gestión de calidad sin un mínimo criterio planificador. Y nosotros creemos que Corrientes ya ha terminado su transición y debe ir hacia el futuro con planes, con calidad institucional, con calidad en los procedimientos, ajustando el funcionamiento del sector público a una demanda cada vez más compleja, en síntesis: avanzar con vocación transformadora. …”